Requisitos para alquilar una vivienda Qube

Si quieres alquilar una vivienda Qube debes cumplir con los siguientes requisitos

Requisitos

Vivienda libre

Vivienda protegida

Identificación

· Español o residente en España

· DNI, NIE o pasaporte

· Libro de familia, en caso de unidad familiar

Documentación

· Declaración de la renta del año anterior

· Tres últimas nóminas o un certificado bancario de ingresos en el último trimestre

Solo en caso de vivienda protegida (Viviendas VPPB)

Los ingresos brutos anuales familiares* no pueden exceder de: 5,5 veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples)

IPREM 2022

579,02 €/mes

· 12 pagas 6.948,24 € x 5,5

· 14 pagas 8.106,28 € x 5,5

38.215,67 € Anuales

44.584,54 € Anuales

*Todos los convivientes de una misma vivienda

Miembros de la unidad Familiar

Límite de Renta

· 1 ó 2

· 3

· 4

· 5

· 6 o más

55.111,80 €

57.454,30 €

59.925,45 €

63.330,31 €

63.692,20 €

Solo en caso de vivienda protegida (Viviendas VPPL)

7,5 veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples).

IPREM 2022

579,02 €/mes

· 12 pagas 6.948,24 € x 7,5

· 14 pagas 8.106,28 € x 7,5

52.111,80 € Anuales

60.797,10 € Anuales

*Todos los convivientes de una misma vivienda

Miembros de la unidad Familiar

Límite de Renta

· 1 ó 2

· 3

· 4

· 5

· 6 o más

75.996,37 €

78.446,77 €

81.716,53 €

86.359,51 €

86.853,00 €

Vivienda en Propiedad

Limitaciones según los reales decretos 11/2005 y 74/2009

Decreto 11/2005,
del 30 de julio.
Si el edificio se acoge al decreto 11/2005, del 30 de julio, el arrendatario no puede ser titular de pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute sobre otra vivienda sujeta a régimen de protección en todo el territorio nacional; ni lo sea sobre una vivienda libre en toda la Comunidad de Madrid. * No obstante no será de aplicación este requisito en los casos de sentencia judicial de separación o divorcio cuando, como consecuencia de ésta, no se le haya adjudicado el uso de la vivienda que constituía la residencia familiar. Así como, no se contará como vivienda si se tiene menos del 50% de una adquirida por título de herencia.
Decreto 74/2009,
del 27 de enero.
Si el edificio se acoge al decreto 74/2009, del 27 de enero, el arrendatario, ni otro miembro de la unidad familiar, puede ser titular de una vivienda libre ni protegida en toda España. * No se contará como vivienda si se tiene menos del 50% de una adquirida por título de herencia. Tienes la posibilidad de acceder a una vivienda accesible y adaptada, si así lo necesitas, presentando tu certificado de discapacidad.

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